Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Primero de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, en la causa seguida contra: IDENTIDAD RESERVADA, venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacido el 24-08-90, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-reservada, de profesión indefinida, residenciado en reservado, de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas e hijo de reservados; a quien se le sigue averiguación por la comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana: IDENTIDAD RESERVADA; en virtud de los hechos ocurridos en fecha 11-07-08, cuando funcionarios adscritos a la Comandancia de Policía del Estado Amazonas, detienen al.....