En atención a los razonamientos anteriormente esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, del Circuito Judicial del Estado Amazonas, en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, Primero: Declara penalmente responsable y en consecuencia se sanciona al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a cumplir las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA esta última consistentes en 1.-Obligación de Incorporarse al Sistema de Educación Formal, debiendo ingresar en el próximo año escolar 2012-2013, 2.-Obligación de acudir a la Oficina Nacional Antidrogas ubicada en la avenida perimetral frente a la Escuela Félix Solano, a los fines de realizarse la prueba toxicológica, debiendo consignar los resultados y se designa correo especial a la.....