En virtud de la decisión tomada por este Tribunal de Control , de fecha 3 de Marzo de 2.OO4, en ocasión de celebrarse la Audiencia de Presentación (Asunto XP 01-S- 2004-002145) en la causa Penal que se le sigue a los adolescentes JUNIOR MARIÑO PEREZ, PADRO MARTINEZ LOPEZ Y SALVADOR PIÑA Moreno, titulares de las cédulas de identidad No. L9.352.744, l8.835.34 y l7.676.5OO respectivamente a quienes la Fiscalia Quinta del Ministerio Público les imputa la Comisión de los delitos de los que incitan a la guerra civil, organizan cuerpos armados o intimidan al publico, previsto y sancionado en el ARTÍCULO 297 DEL Código Penal, en perjuicio de la colectividad. Antes de entrar a fundamentar el presente auto, es necesario establecer como punto previo, la motivación de todo fallo, de toda decisión, de toda sentencia, para conocer el alcance de sus conceptos, los términos de su redacción,estableciendose lo más apr.....