PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación interpuesta por el Representante del Ministerio Público, en contra del referido adolescente, por la presunta Comisión del Delito de Homicidio calificado previsto en el Artículo 408 ordinales 1º y 2° con las circunstancias agravantes del artículo 77, ordinales 8° y 9° del Código Penal y el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en perjuicio de la niña OMITIDA SU IDENTIDAD
SEGUNDO: Se Admiten parcialmente las pruebas aportadas y recogidas durante la investigación por el Representante del Ministerio Público para ser presentadas en el juicio Oral y Privado, de conformidad a lo establecido en los Artículos 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 573 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
TERCERO: Admite parcialmente el acervo probatorio recogido durante la investigación por el Defensor Público para ser presentado en el juicio Oral y Privado, de conformidad a l.....