DISPOSITIVA ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Se ADMITA TOTALMENTE la presente acusación en contra de los adolescentes IDENTIDA OMITIDA de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, por el delito de de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado y sancionado en el artículo 470 del Código penal, en perjuicio de las ciudadanas IDENTIDA OMITIDA . SEGUNDO: En relación a los medios de pruebas ofrecidos en el escrito acusatorio por la Representante del Ministerio Público y que son el soporte de la presente acusación este Tribunal los ADMITE TOTALMENTE ya que son lícitos, útiles, necesarios y pertinentes para probar con ellos la participación directa del hoy acusado en los hechosTERCERO: En este estado admitido como ha quedado el escrito de Acusación Fiscal, reitera a los adolescentes IDENTIDA OMITIDA de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, del precepto constitucional y específic.....