DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 49 ordinal 6° de la Constitución Nacional,529 y 538,542,5643,544 y 546 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara sin lugar la solicitud de la Fiscal del Ministerio Publico formulada por ante este Juzgado en contra del adolescente QUINTO GONZALEZ JOSE GREGORIO, por no existir suficientes elementos de convicción procesal para justificar la existencia del delito de Lesiones Personales, y ordena la Libertad Plena del Adolescente imputado. CUMPLASE. ASI SE DECIDE. Notifiquese a las partes y remitase el presente asunto al Archivo Judicial para su archivo y cuido. Cúmplase.