Se Admiten totalmente las pruebas promovidas por la Fiscal Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 579 literal "f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar éste Tribunal que son legales, lícitas, pertinentes y necesarias para esclarecer la verdad de los hechos ocurridos, las cuales son: 1°) Declaraciones Testimoniales de los funcionarios policiales: Cabo Primero Juan Cadena; Agente Nilo Aragua; Agente Jhonny Pérez y Agente Frank Ventura, adscritos a la Comandancia de Policía del Estado Amazonas. 2°) Declaraciones Testimoniales de los adolescentes: Andrés Rafael Pérez cordero y Mariana Roselin DaCosta. 3°) Con la testimonial de la ciudadana: Venidle Padron Guerra. 4°) Para ser incorporado a través de su lectura, de conformidad con lo establecido en el artículo 339 del Código Orgánico Procesal Penal, el oficio de fecha 30-06-06, Registro de Cadena de Custodia, de los objetos r.....