Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) de conformidad a lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la presunta comisión del delito de ULTRAJE VIOLENTO previsto en el artículo 222 del Código Penal venezolano, en perjuicio de [....] hechos ocurridos el día 12/12/2009 aproximadamente a las 7:20 horas de la noche, específicamente en la Avenida Orinoco, frente a los semáforos que están situados en la esquina de Mercatradona, de Puerto Ayacucho estado Amazonas, de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños.....