Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 579 literal "a de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y 330 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra el adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA)por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 374 del Código Penal, ordinal 1°., en agravio de la niña, (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de los hechos ocurridos en fecha 04/05/2009.éste Tribunal, como garante de los derechos que le asisten a este adolescente, para decidir en cuanto a la sanción en virtud de que el artículo 583 de.....