En cumplimiento de esta normativa legal este Tribunal en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley Primero: Ordena la acumulación en cumplimiento del principio de la unidad del proceso, en consecuencia, se ordena gestionar lo conducente para que se proceda acumular informaticamente por el sistema de Gestión, Documentación y Decisión JURIS 2000, debiendo quedar y permanecer como ASUNTO ACTIVO, la causa distinguida con el Nº XP01-D-2012-000016. Igualmente se ordena corregir la foliatura y las carátulas respectivamente.