Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas Sección Adolescentes, constituido como Tribunal Mixto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se sanciona al joven RESERVADO, titular de la cédula de identidad N° RESERVADO, de años de edad, nacido RESERVADO, residenciado en el barrio RESERVADO de estado civil soltero, Puerto Ayacucho, hijo de RESERVADO, a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de un año (01), y de manera sucesiva la medida de semilibertad por el lapso de un (01) año , y libertad asistida por el lapso de un año (01) de conformidad a lo establecido en los artículos 620 literales d), e) y f) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, concordado con los artículos 622, 626, 627 y 628, todos de la misma Ley Espe.....