este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del estado Amazonas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: en Relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ello de conformidad con el artículo 65 de la Lopnna, este Tribunal Revisa y mantiene la Medida Libertad Asistida, conforme al artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se determina que hasta el día de hoy 06 de marzo de 2012, el adolescente no ha dado inicio a la sanción impuesta en fecha 14/12/2010 por lo que le falta por cumplir el lapso de SEIS (06) MESES. SEGUNDO: En relación a la sancionada IDENTIDAD OMITIDA, ello de conformidad con el artículo 65 de la Lopnna, se determina que hasta el día de hoy 06 de marzo de 2012, ha cumplido solo un (1) mes, quedando pendiente por cumplir cinco (05) meses de la sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de SEIS (6).....