En virtud de lo antes expuesto y vista la solicitud realizada por el Defensor Público, así como lo manifestado por el joven sancionado y lo indicado en la Constancia de Residencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: Primero: Declara con lugar lo solicitado por el defensor Publico y de conformidad con lo previsto en el artículo 614 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes referida a la Competencia para el Enjuiciamiento y el Control de la Ejecución de las Sanciones, declina la Competencia del presente asunto, seguido a IDENTIDAD OMITIDA.