En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley RESUELVE: Primero: ORDENAR la cesación sólo de la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD impuesta en fecha 12/05/2010, en audiencia preliminar por Tribunal Único de Control de la Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal de Amazonas al adolescente IDENTIDAD OMITIDA identificado en autos, de conformidad con los artículos 645 y 647, literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordenándose LA LIBERTAD del mismo.