DISPOSITIVA
POR LAS RAZONES Y FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO ANTERIORMENTE EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda: PRIMERO: DECRETAR EL CESE DE LA SANCIÓN DE "LIBERTAD ASISTIDA", por el lapso de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 647, en su literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo estipulado en el artículo 645 ejusdem, impuesta al adolescente identidad omitida artículo 65 LOPNNA, por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO Y DETENTACION DE ARMA PROHIBIDA, tipificado y sancionado en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ...[ ]... plenamente identificado en autos, en virtud de los hechos ocurridos el día 29-0.....