DECRETAR EL CESE DE LAS SANCIONES DE "LIBERTAD ASISITIDA, por el lapso de cuatro (04) meses" Y "REGLAS DE CONDUCTA", por el lapso de cuatro (04) meses, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 647, en su literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo estipulado en el artículo 645 ejusdem, impuestas al joven adulto IDENTIDAD OMITIDAD, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de: VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374.1 del Código Penal, en perjuicio del niño IDENTIDAD OMITIDAD, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: notifíquese de la presente resolución a las partes.