este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en conformidad con los artículos 645 y 647, literal h) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente decreta: PRIMERO: La Cesación de las Medidas ya referidas, en consecuencia la Adolescente OMITIDA SU IDENTIDAD, adquiere por tal motivo la Libertad Plena. SEGUNDO: Se Ordena el Archivo Judicial de la presente Causa N° 1E(a) 70-01. TERCERO: Se Ordena Expedir Copias Certificadas del presente auto a el Defensor Público Cuarto con competencia en materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Estado Amazonas. CUARTO: Se Ordena librar los Oficios correspondientes al Director del Instituto Nacional del Menor, Seccional Bolívar del Estado Bolívar y al Director del Instituto Nacional del Menor, Seccional Amazonas, del Estado Amazonas. QUINTO: Librar boletas de notificación a: El Fiscal Quinto del Ministerio Público y al Defensor Público Cuarto con competencia en mate.....