Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a reformar el cómputo de la sanción de fecha 04 de Febrero del año 2010, de la sanción de "PRIVATIVA DE LIBERTAD", impuesta al joven adulto sancionado, en virtud de las evasiones de fechas 26/05/2010, 24/06/2010, 31/07/2010, 06/11/2010, 07/11/2010 al 16/11/2010, de la Casa de Formación Integral Amazonas, lugar donde cumple la sanción.-