Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensora Pública toda vez que se observa que la Orden de Captura ha sido dejada sin efecto el 27/08/2007. Ahora bien, en aras de salvaguardar la Tutela Judicial Efectiva prevista en el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.