En virtud de lo anteriormente esgrimido es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en funciones de Ejecución, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: Declaró con lugar lo solicitado por la Representación Fiscal y de conformidad a lo establecido en los artículos 622 parágrafo segundo y 628 parágrafo segundo literal "c" todos de la Ley Orgánica apara la Protección del Niño y del Adolescente, REVOCÓ LA SANCIÓN DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD por la PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el Lapso de UN (1) MES, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA [...], contados a partir de fecha 17/05/2012 feneciendo, en fecha 17/06/2012 por cumplimiento definitivo; SEGUNDO: Se acordó Librar Oficio a los Tribunales de Primera Instancia en funciones Segundo de Juicio, y Segundo de Control, remitiéndole Copia Certificada de la presente acta. Se dejó constancia que en la referida Audiencia, se cumplier.....