DECRETA Ejecutada la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Único de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de fecha 08NOV2013, en contra de los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDAD, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 en relación con el artículo 6, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, quedando obligado a cumplir como SANCIÓN DEFINITIVA: LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES; Y UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA DE MANERA SIMULTANEA, de conformidad con el artículo 620 literales "f" "d" y "b", 621, 622 en concordancia con el artículo 628, 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes;