.../Con respecto a los denominado "TESTIMONIALES" se admite en cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 398 y 889 Ejusdem, en consecuencia se fija para el tercer (3er) día de despacho siguiente al de hoy, a las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.) para el examen de la testigo ciudadana JIMENEZ CARIBAN ISBELIA TEOLINDA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.628.798 y al ciudadano JAVIER EDUARDO DIAZ JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.927.264 tendrá lugar a las 10:00 a.m. de conformidad con lo previsto en el artículo 483 del Código de Procedimiento. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ABOGº. TRINO JAVIER TORRES BLANCO
EL SECRETARIO,
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