Se declaró INADMISIBLE, la tercería, interpuesta por el ciudadano EDMUNDO ALBERTO JORDAN AZAVACHE, en representación de su madre ciudadana HERMINIA AZAVACHE FUENTES. SIN LUGAR la demanda de acción reivindicatoria interpuesta en fecha veinticinco (25) de Febrero de dos mil nueve (2009), por el ciudadano JIANFENG CHEN, de nacionalidad china, titular de la Cédula de Identidad Nº E-82.230.929.