Se decidió AMPLIAR la sentencia dictada en fecha 13 de abril de 2010 en la acción que por Resolución de Contrato de Arrendamiento ejercido por el ciudadano GABRIELE RAPAGNA BRANDOLINI, titular de la cédula de identidad N° E-701.498, en contra de la Alcaldía del Municipio Río Negro del estado Amazonas, en el sentido de que se condene a la Alcaldía del Municipio Autónomo Rionegro del estado Amazonas al pago de las mensualidades que se sigan venciendo hasta la definitiva entrega del inmueble totalmente desocupado.