este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución Y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el artículo 232 del Código Civil Venezolano vigente, declara TERMINADA la presente causa, en virtud del reconocimiento efectuado al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, por parte de su progenitor biológico ciudadano LUIS CONTRERAS, anteriormente señalado, y asimismo se acuerda el cierre y el archivo del expediente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los veintitrés (23) días del mes de Junio de.....