la ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a la moral, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en el ordenamiento Jurídico, por consiguiente, SE EXHORTA a la parte solicitante a presentar los testigos al tercer (3er) día de despacho siguiente a la publicación y consignación del presente auto. Cúmplase.