En consecuencia, este Operador de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara Incompetente por el Territorio para el conocimiento de la presente causa y declina la competencia a un Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Trujillo, con sede en Valera, a los fines de que conozca de la presente causa. En tal sentido, remítase la totalidad de la presente causa al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Trujillo. Déjese transcurrir el lapso legal correspondiente para oír recurso de regulación de competencia. Cúmplase.-
EL JUEZ,