Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda, interpuesta por la ABG. RONAR JOSE CAÑAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-17.105.405, en contra del ciudadano RONAR JOSE CAÑAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-17.105.405. Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Que en relación a la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, la misma queda establecidas de conformidad con la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por Juzgado Primero de Primera (1era) Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripció.....