III
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: Se declara PRIMERO: la HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO, acordado por ambas partes en la celebración de la Audiencia Preliminar. Dándole el carácter de sentencia. SEGUNDO: se ORDENA notificar a las partes de la presente decisión.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, a los Veintiocho (28) días del mes de Marzo de 2016, Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.