el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho al orden público ni está prohibida por la Ley y versa sobre derechos disponibles le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; asimismo se ordena el archivo del Expediente. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABOG. EDIXON GÓMEZ Z.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL C. MAQUIRINO G.
EGZ/MCMG/AS.
Exp. Familia N° 1.993-01