En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECRETA : MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JHON ALFREDO HERMOSO GUTIERREZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1°,2°, 3°; 252 en sus dos numerales del Código Orgánico Procesal Penal; Y Califica la Aprehensión en Flagrancia con aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con los artículos 248 y 373 Ejusdem; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 6° del Código Penal; en perjuicio del ciudadano JHON ALFREDO HERMOSO GUTIERREZ.- Así se decide.-