Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos
PRIMERO: ACUERDA Suspender por 2 meses el presente proceso por estar el ciudadano imputado JACKSON ANDRES CABELLO, de nacionalidad venezolana, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.304.954, en Tratamiento de Rehabilitación en el Centro llamado FUNDA HOGAR LIBERTAD VERDADERA ubicado en Ciudad Ojeda Estado Zulia.
SEGUNDO: Por el tiempo aquí señalado de suspensión del proceso las presentaciones también quedan suspendidas, haciendo la debida participación a la Unidad de Algualcilazgo.
TERCERO: Se le informe al Centro de Rehabilitación FUNDA HOGAR LIBERTAD VERDADERA ubicado en Ciudad Ojeda Estado Zulia lo aquí decidido y que deberá enviar antes de los dos meses un informe completo de la estadía de el ciudadano JACKSON ANDRES CABELLO.....