En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECRETA : MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JUAN ANTONIO RODRIGUEZ NOGUERA, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1°,2°, 3°; 251 en sus cinco numerales y 252 en sus dos numerales del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 248 y 373 Ejusdem; por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4° del Código Penal; en perjuicio del ciudadano JOSE EDGAR GARRIDO AÑEZ..- Así se decide.-