Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de control, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Se corrige la fecha del decreto presidencial que no es en el año 2005, sino 1992. Segundo: Se admite la acusación presentada por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público, contra los ciudadanos Antonio Añez, Santos Reyes Blanco y Cesar Rafael Arteaga por la comisión del delito de Extracción Ilícita de Materiales. TERCERO: Se admiten parcialmente las pruebas presentadas, por el Ministerio Publico, aquellas relevantes, pertinentes y necesarias. CUARTO: No se admite por ser irrelevante e impertinentes el resultado de informe N° 0400, y el Oficio 0450. Se deja constancia de la corrección de las fechas de nacimiento de los señores Santos Reyes quien nació el 06 de Enero y el señor Arteaga Cesar nació el 08 de noviembre. QUINTO: En virtud de haber transcurrido mas de un año, de haberse afectado una jus.....