Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se precalifican los hechos por los delitos de: Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, y Resistencia a la Autoridad previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en concordancia con los artículos 80 y 82 ejusdem, en perjuicio del ciudadano Pedro Vicente Blanco. SEGUNDO: Se Califica la Aprehensión en Flagrancia y se acuerda a solicitud Fiscal la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: Considera el Tribunal que los supuestos que motivaron la Privación Judicial de Libertad pueden ser satisfechos con otras medidas menos gravosas, tal y como lo solicita el Ministeri.....