ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamiento: DECRETA PRIMERO: Se decreta la calificación en flagrancia y se acuerda continuar por el procedimiento Especial de conformidad con lo establecido en el artículo 93 y 94 De la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia en contra del ciudadano JOSE ALEXANDER ANIJA HERRERA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 13.818.953, de 29 años de edad, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, donde nació en fecha 05/12/1979, soltero, hijo de Hilario Anija (V) y Magali Herrera (V), residenciado en la Avenida Principal del Barrio Ruiz Pineda, por las cloacas de oxidación, de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violenc.....