Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas en Nombre de la Republica y por Autoridad de la ley hace el siguiente pronunciamiento: Primero, CONCEDE la prorroga solicitada por el Abg. VICENTE QUILELLI, en su carácter de Fiscal Auxiliar de la Fiscalia V del Ministerio Público, por un lapso de Diez (10) días, es decir que la fecha límite para la presentación del acto conclusivo es el día 26 de septiembre del 2003, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 4° aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Otorga medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al Imputado Roiman Navas, identificado en auto, de las especificada en los Ordinales 3,4,6 y 8 del articulo 256 en relación con el 258 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, deberá presentarse ante el Tribunal cada ocho (8) días, no podrá salir de la localidad y del país sin autorización del Tribunal, no podrá comunicarse ni acer.....