En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Nulidad Absoluta de las actuaciones que conforman la presente causa, interpuesta por Abg. JAIRO DANILO MÉNDEZ OLAYA, titular de la cédula de identidad Nº 5.165.301, Inpreabogado Nº 142.399, en su condición de representante legal del imputado TORRES ALVAREZ FREDDY JOAQUIN, titular de la cédula de identidad N° 21008726, todo de conformidad al articulo 176 del Texto Adjetivo Penal, a la sentencia con carácter dictada por nuestro máximo Tribunal de la República, en la Sala Constitucional, con ponencia del Doctor Magistrado Pedro Rondon Haaz, Axp. 08-1621, Nº sentencia 1086, de fecha 31-07-2009 y, Expediente C09-310, sentencia nº 466, .....