ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso seguido en contra de HILDA ISABEL SOLANO, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° 18.017.088, Natural de San Jorge, Estado Barinas, donde nació en fecha 17-11-1977, de 30 años de edad, soltera, de profesión u oficio Peluquera, hija de Persia Solano (V) y de Feliz Rojas (F), por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la adolescente (identidad omitida), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el plazo de régimen de prueba en TRES (03) MESES, quedando obligada a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí impuestas.