En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECRETA : MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado BENIGNO ALFREDO GUERRA G0NZALEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1°,2°, 3°; 251 en sus tres(3) y Cuatro(4) del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo y 373 Ejusdem; por el delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano MARCOS ANTONIO MELO ZERPA. Y se CALIFICA LA APRENSIÓN EN FLAGRANCIA con aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO en la presente causa. Así se decide.-