DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta como flagrante la aprehensión del imputado DIUMAR LEANDRO CURVELO, venezolano, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de identidad Nº 18.835.349, natural de esta Ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, con fecha de nacimiento el 29JUN1986, de 20 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en el Escondido I, casa S/N, cerca de la sede de la LOPNA de esta Ciudad de Puerto Ayacucho, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en los artículos 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de su hermana la ciudadana YULIMAR JOSEF.....