Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos DECRETA: PRIMERO: Vista la manifestación de las partes así como la verificación de que el acusado de autos cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal, en audiencia preliminar del 01 de Marzo del 2011, se decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa al ciudadano JOSE GREGORIO PAVA HURTADO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.054.921, natural de Puerto Ayacucho, nació en fecha 04-04-1986, de 24 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio taxista, hijo de Ramón Pava (v) y Arelys Coromoto Hurtado (v), residenciado en la Invasión de Brisas del aeropuerto, al lado de familia Largo, en una casa de bloque sin friso, Nº telefónico 0416-5374365. Características fiso.....