Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la calificación de aprehensión en flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los ciudadanos BREYNER ANTONIO CAYUPARE, quien pertenece a la etnia indígena curripaco, y manifestó que no entiende el idioma curripaco, pero si el idioma castellano, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.835.548; natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, donde nació el 26-02-1990, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, en la unagente Tamanaco; residenciado en la Urbanización los Lirios, calle principal, casa Nº 05 de color rosado, hijo de Abel Conde (v) y de Alida Cayupare (v), con las siguientes caracte.....