Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal, Función Control, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se concede la prorroga solicitada por la Representación Fiscal, conforme a lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta por un lapso de Quince (15) días continuos contados a partir del vencimiento del lapso original, que sería el día 29 DE JUNIO DE 2005, para la presentación del acto conclusivo pertinente. Quedan notificados los presentes de la decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.