TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de medida cautelar menos gravosa interpuesta por las Fiscalías Segunda y Octava del Ministerio Público.
SEGUNDO: Se DECRETA Medida Cautelar a los ciudadanos RONALD DANIEL GOMEZ VIDA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 25.054.790, y JUNIOR GREGORIO GOMEZ VIDA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 19.352.442, consistente en 11.- Presentaciones Periódicas cada OCHO (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo, 2.- La Obligación que tienen que en caso de cambiar de residencia, deben informarlo al Tribunal y 3.- Prohibición de acercarse a las hoy victima, de conformidad con los artículos 250 y 256.3.4.9 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con el artículo.....