TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DESESTIMA la acusación Fiscal interpuesta por el Fiscalía Séptima del Ministerio Público en el que acusa a los ciudadanos MIGUEL GONZÁLEZ GONZALEZ, portador de la cedula de identidad V.- 10.051.926, perteneciente a la etnia indígena maco y MIRANDA GARCÍA GONZALEZ, portador de la cedula de identidad V.24.678.982, perteneciente a la etnia indígena maco, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el articulo 23 de la ley de contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano, por cuanto no están llenos los extremos del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y en aplicación a lo establecido por la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 20-06-2005, Expediente No. 04-2599, con ponencia del Magistrado Francisco A. Carrasquero Lóp.....