Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Aprehensión en flagrancia del ciudadano: MIGUEL ANGEL GUAPEZ INFANTE, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 15.955.566, natural del municipio Eres del estado Bolívar, donde nació en fecha 19-07-1981, de 30 años de edad, de estado civil casado, y residenciado en el sector El Escondido I segunda calle, casa N° 43, de color blanco con azul, diagonal a la cancha deportiva en esta ciudad de Puerto Ayacucho, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, en perjuicio de los funcionarios adscritos a la Guardia nacional Bolivariana de Venezuela, todo de.....