En consecuencia, este Tribunal Tercero de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado NIXON GAITAN ALONSO, titular de la cédula de identidad Nº 19.805.198, por la precalificación de los delitos de VIOLENCIA FISICA, PSICOLOGICA, AMENAZAS, ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en los artículos 42, 41, 39, 45 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de JULISSA SUSANA ACOSTA SANTIAGO, titular de la cédula de identidad Nº 17.129.971, LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: MARCOS JAVIER OSORIO, titular de la cédula de identidad Nº 21.183.018; y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado e el artículo 458 del Código Penal, con la agravante prevista en el artículo 77 numeral 11 ej.....