En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: CON LUGAR la solicitud de una medida cautelar sustitutiva menos gravosa a la Privación de Libertad del acusado JESUS LAYA, en virtud de haber cambiado las circunstancias por las cuales se les dictó en su oportunidad la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad por este despacho en fecha 30-05-2009, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 en concordancia con el articulo 256.3.9 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-Líbrese Boleta de Excarcelación.- Notifíquese de la presente decisión a las partes.- Líbrese las notificaciones y oficios respectivos.-