Se Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el imputado Darwin Gregorio Aguirre Perales, por considerar este Tribunal que existe un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción no esta prescrita; fundados elementos de convicción para estimar que el imputado antes señalado es autor o participe en la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES O INNOBLES, previsto en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal; la presunción del peligro de fuga se encuentra fundamentado en la pena que podría llegar a imponerse que tiene un límite máximo de veinticinco años de presidio, la magnitud del daño causado, es un delito Contra la Personas, donde falleció un ser humano y se presume el peligro de fuga, en caso de hechos punibles, con penas privativas de libertad, cuyo término máximo sea igual o superior a los diez (10) años, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, numerales 1°, 2° y 3°, 251, numerales 2°, 3° y parágra.....